ESTATUTOS DEL PRI. (XX Asamblea Nacional Ordinaria)
TÍTULO QUINTO
De los Organismos Especializados
Capítulo I
Disposiciones Generales
Artículo 201.
(...)
El Consejo Político, a través de la Comisión de Investigación, Educación, Capacitación
Política, Divulgación y Tareas Editoriales, garantizará que estas instancias especializadas
reciban el financiamiento público que, para la realización de estas actividades,
se refieren los ordenamientos electorales vigentes, de acuerdo a lo establecido
en el artículo 202 de los presentes Estatutos.
Artículo 202. Son Organismos Especializados, rectores y de coordinación de las actividades
de investigación, educación, capacitación política, divulgación y tareas editoriales,
los siguientes:
I. De divulgación ideológica e investigación socioeconómica y política: La Fundación
Colosio, A. C.;
(...)
Los organismos señalados por este artículo ejercerán la totalidad de los recursos
que en términos de la legislación electoral correspondan al Partido para realizar
las labores de investigación, estudio, capacitación, edición y divulgación. La Comisión
de Imagen y Comunicación Política participará de estos recursos en lo que a estudios
de opinión y tareas de divulgación se refiera.
Sección 1. De la Fundación Colosio, A.C.
Artículo 203.
V. Ejercer el presupuesto que la legislación federal determine corresponda al Partido,
en cuanto a la materia de investigación y de estudios;
VI. Mantener, operar y actualizar el Centro Nacional de Información y Documentación
"Adolfo López Mateos" y ser depositaria de la memoria del Partido y encargarse del
cuidado de su archivo histórico;
Estatutos de la Fundación Colosio, A.C. (2003)
Capítulo Segundo
Del Objeto y los Fines Sociales.
Artículo 6. Los fines sociales de la Fundación son los siguientes:
XIII. Establecer una biblioteca especializada en los temas propios de sus fines
sociales.
XIV. Mantener, operar, actualizar y desarrollar el Centro Nacional de Información
y Documentación “Adolfo López Mateos”, y acrecentar sus acervos con donaciones de
bibliotecas y archivos particulares.
XV. Ser depositaria de la memoria del PRI y encargarse del cuidado de su archivo
histórico.